Qué es Big Data y como afecta en la protección de datos de carácter personal

Hablar de Big Data supone hablar del inexorable progreso tecnológico, que por lo que parece, solo es la punta del iceberg de lo que está por llegar. ¿Por qué digo esto? Es sencillo, se ha pasado de tratar los datos de carácter personal de forma manual y no automatizada a dar un salto cualitativo y cuantitativo asombroso en los últimos cincuenta años.

Para que nos hagamos una idea, la técnica de Big Data, es aquella que se lleva a cabo a través de tecnologías de tratamiento y análisis masivo de información proveniente de multitud de fuentes. De dicha información, de ese totum revolutum, mediante algoritmos matemáticos, se empieza a crear una gran telaraña que posibilita la obtención de patrones de comportamiento y perfiles de usuarios, que identifican o hacen identificable a las personas físicas. Se genera una información valiosísima para las compañías, puesto que estos datos suponen: saber quién eres, que haces, como te comportas, cuáles son tus gustos, tus preferencias…, en definitiva, saberlo todo.

Incluso, esta tecnología, permite desarrollar, a partir de información no considerada como dato personal, bases de datos con perfiles que pueden identificar a una persona de forma concreta. Su finalidad no es otra que la de encontrar la aguja en el pajar, utiliza todo tipo de información, incluso la que no es útil para los procesos tradicionales y, a partir de ahí, genera otra que va unida a un dato de carácter personal. Uniendo pequeñas piezas, termina realizando el puzzle.

Es sencillo de entender por qué surgen las técnicas de procesamiento masivo de datos como el Big Data. Es simple desde el momento en el que sabemos que desde el origen de los tiempos hasta el año 2003 los seres humanos solo habíamos creado cinco mil millones de gigabytes de información, ahora esa cifra la repetimos cada dos días.

Ha llegado a un punto de desarrollo tal que permite transformar en información aspectos vitales que antes no se podían cuantificar, como los datos no estructurados, como lo serían por ejemplo, las fotos, ficheros de audio, geolocalizaciones, amistades, gustos…, y demás archivos que no contienen texto. Esta transformación ha recibido el nombre de dataficacion.

Ante este frenesí de tratamiento masivo de datos de carácter personal, se crea un riesgo intrínseco asociado a esta actividad, la constante vulneración de los derechos de protección de datos personales.

En este caso, se produce un fenómeno contrario al de la anonimización, a partir de datos anónimos se puede identificar a los titulares de los datos de carácter personal que hasta ese momento eran anónimos. Por tanto, debemos de entender que la anonimización ya no sirve de nada, teniendo que proceder en la mayoría de los casos a la disociación, puesto que las técnicas de Big Data echan por tierra la finalidad de anonimizar los datos, puesto que permiten identificar a personas de forma específica y concreta a partir de información anónima.

Pero hay que tener en cuenta que este tratamiento masivo de datos no siempre esta apartado de la legalidad, habrá casos en los que sí y otros en los que no. Al igual que en el resto de casos, la piedra angular de la protección de datos de carácter personal gira entorno del principio de información y de consentimiento, o lo que es lo mismo, del consentimiento expreso como acuerdo de voluntad libre, específico, informado e inequívoco antes de proceder a utilizar las técnicas de Big Data. Dándose un consentimiento previamente informado de manera clara y comprensible sobre la totalidad del tratamiento, así como la técnica que se ejecuta en los procesos de Big Data, entonces dicha recogida de datos se encontrará dentro del marco legal.

Ahora bien, si hemos dicho que esta técnica parte de una incontable cantidad de datos que por sí solos no tienen ningún tipo de valor y son anónimos, pero que una vez que han sido procesados conforman un dato de carácter personal ¿cómo va a solicitar el responsable del tratamiento el consentimiento informado de aquella persona de la cual no sabía que iba a obtener un dato de carácter personal?

 

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